martes, 14 de julio de 2009

DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL


Gripe A H1N1

CREARON COMISION DE CRISIS

Convocados por el Departamento Ejecutivo Municipal se reunieron representantes de los estamentos de salud de la comunidad. La reunión realizada en la sala de la Intendencia estuvo presidida por la Sra. Intendente María del Carmen Ceballos de Carbonetti, acompañada por los Secretarios de Salud Pública, Dr. Enzo Bentatti; de Gobierno, Dra.Alejandra Miguel; y de Seguridad, Dr. Juan Pablo Quirinalli; el Director del Hospital Regional José A Ceballos, Dr. Luis Margarit y el Presidente del Círculo Médico, Dr. Marcelo Flamini. Se dispuso un trabajo conjunto a los efectos de coordinar líneas de acción ante la pandemia de Gripe A (H1N1), las que tendrán sustento legal en una resolución municipal donde se hará hincapié en reducir la actividad que involucre reuniones masivas en lugares cerrados. La Sra. Intendente, Prof. María del Carmen Ceballos de Carbonetti, dijo que “se trabaja desde el municipio en crear conciencia ciudadana sobre las medidas preventivas que se deben tomar a los efectos de evitar un posible contagio y que, mediante una resolución, se implementará por los próximos 15 días un recorte de las actividades en espacios cerrados”. Por su parte, el Dr. Enzo Bentatti, Secretario de Salud Pública, dijo que la Secretaría está trabajando en una campaña de difusión para prevenir la enfermedad, y ahora de manera conjunta con el Hospital Ceballos y el Círculo Médico se realizará un monitoreo permanente en pos de detectar posibles casos de la enfermedad. Bentatti puso énfasis en señalar la necesidad de “accionar de manera comunitaria todas las medidas de prevención dispuesta a nivel mundial como consecuencia de esta pandemia”. En ese sentido remarcó que, “al menos por 15 días, se trabajará para evitar la concentración de personas en lugares cerrados, para lo que pidió la cooperación de la ciudadanía”. El Director del Hospital, Dr. Luis Margarit remarcó que “no hay inconvenientes en las actividades al aire libre y que el problema de posibles contagios se da en los espacios cerrados”. Asimismo el Dr. Margarit expreso “que hay dos pacientes internados en terapia intensiva del Hospital, en estado reservado, cuyos cuadros clínicos supondrán la posibilidad de tratarse de gripe A, lo que será rubricado cuando llegue el resultado de los estudios correspondientes”. Además Margarit agregó que “el Hospital están en permanente contacto con el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba con la finalidad de seguir los lineamientos que emana la cartera sanitaria”. En representación del Círculo Médico, el Dr. Marcelo Flamini, subrayó al igual que sus colegas la necesidad de realizar todas las medidas preventivas, pero puso énfasis en destacar que no se debe entrar en pánico, sino cumplir con las disposiciones emanadas por los estamentos sanitarios. Flamini dijo que el Círculo Médico se suma a la tarea mancomunada con el municipio y el hospital a los efectos de trabajar para minimizar la posibilidad del ingreso de la enfermedad en nuestra zona de influencia, remarcando que “más allá de las medidas sanitarias que se adopten en fundamental que la población tome conciencia de la situación y concrete las medidas preventivas correspondientes”.

DECRETO Nº 267/2009
Bell Ville, 7 de Julio de 2009

Y VISTO
La situación actual en función de la coyuntura sanitaria provocada en el país con motivo de la propagación del virus denominado como “Gripe A” (H1- N1).

Y CONSIDERANDO
Que con motivo de los hechos de dominio público, este Departamento Ejecutivo, en ejercicio de sus responsabilidades, convocó a los sectores comprometidos en la atención de la salud local, a los fines de evaluar el impacto de la referida enfermedad en nuestra comunidad y las medidas a implementarse.
Que en dicha reunión participaron los Secretarios de Salud Dr. Enzo Bentatti, de Gobierno Dra. Alejandra Matilde Miguel, de Seguridad Dr. Juan Pablo Quirinalli y la proveyente, en representación de la Municipalidad, el Dr. Luis Margarit en su carácter de Director del Hospital Regional “Dr. José Antonio Ceballos” y el Dr. Marcelo Flamini en su calidad de Presidente del Círculo Médico de Bell Ville.
Que, en dicha oportunidad, se entendió conveniente dejar constituída -en forma permanente- la Comisión representativa de la atención pública y privada de la salud y coordinar –en forma conjunta- la adopción de medidas preventivas y ejecutivas tendientes a mitigar la propagación de la referida influenza (H1-N1)
Que todos los estamentos concurrentes estuvieron contestes en sostener que los mayores inconvenientes y el mayor riesgo de contagio se presenta en los espacios cerrados con gran afluencia de personas y que disminuye, en forma sensible, en las actividades que se desarrollan al aire libre,
Que, en consecuencia, y atento a lo expuesto, se recomendó –en primer lugar- la suspensión de todas las actividades relacionadas con espectáculos públicos en lugares cerrados que impliquen una concurrencia importante de personas. Que, como segunda medida y correlato de lo anterior, se consideró conveniente invitar a los promotores y organizadores de distintas actividades a realizarse en lugares cerrados que puedan generar una concurrencia masiva de personas, a diferir y prorrogar su organización hasta después del plazo que se establece.
Que, asimismo y en tercer lugar, se estima oportuno y conveniente sugerir a la ciudadanía en general que evite concurrir a locales, espacios o establecimientos cerrados que impliquen la concentración o aglomeración de personas.
Que sin ser taxativa y solo a título ejemplificativo, se entienden comprendidas en las recomendaciones precedentes tanto las actividades vinculadas con acontecimientos familiares y/o sociales cuanto los espectáculos que deban realizarse en discotecas, clubes, cines y/u otros establecimientos, locales ó espacios cerrados, debiendo interpretarse –como regla general- que todo evento que implique concurrencia importante de personas se encuentra suspendido, y que –en caso de duda- la excepción deberá tramitarse en forma expresa y con carácter previo ante la Secretaría de Salud de esta Municipalidad.
Que las medidas y recomendaciones preventivas sugeridas por la Comisión tendrán vigencia a partir de la fecha y por un plazo mínimo de quince (15) días, sin perjuicio de su ampliación ó adecuación si la evolución que experimente y/o el recrudecimiento de la pandemia denominada “Gripe A” así lo aconsejara.
Por todo ello y lo dispuesto en los artículos 20, 93 (Incisos 18° y 26°), 94 y concordantes de la Carta Orgánica Municipal, en ejercicio de sus atribuciones legales,

La Intendenta Municipal
de la Ciudad de Bell Ville
DECRETA

Artículo 1º) ACUERDASE carácter permanente y mientras dure la coyuntura sanitaria generada por la influenza denominada “Gripe A” (H1-N1) a la COMISION DE CRISIS integrada por esta Municipalidad, el Hospital Regional “Dr. José Antonio Ceballos” y el Círculo Médico de Bell Ville, quienes estarán representados por sus respectivos titulares y realizaran, diariamente, un análisis y seguimiento de la evolución de la enfermedad en nuestra Ciudad a los fines de adoptar las medidas preventivas y/o ejecutivas que resulten oportunas y convenientes para la población,
Artículo 2º) DISPONESE la suspensión en el ámbito de la Ciudad de Bell Ville, de todo tipo de actividad y/o espectáculo público a desarrollarse en espacios ó locales bailables, discotecas salas, clubes, peñas y demás establecimientos donde se desarrollen actividades similares y que impliquen concentración, aglomeración y/ó concurrencia importante de personas.
Artículo 3ª) ESTABLECESE que la medida dispuesta en el artículo anterior tendrá vigencia por el plazo de quince días (15) corridos a partir del dictado del presente instrumento legal.
Artículo 4ª) INVITASE a los promotores y organizadores de distintas actividades o espectáculos a realizarse en lugares cerrados que puedan generar una concurrencia masiva de personas, a diferir y prorrogar su organización hasta después del plazo establecido en el artículo anterior.
Artículo 5ª) RECOMIENDASE y exhortase a la ciudadanía en general que, durante el plazo fijado en el artículo tercero, evite concurrir a locales, espacios o establecimientos cerrados que impliquen la concentración o aglomeración de personas.
Artículo 6º) ESTABLECESE que la infracción a lo establecido en el presente decreto se considerará como falta grave y conllevará la inmediata clausura del establecimiento ó local, sin perjuicio de la multa que corresponda aplicar al infractor.
Artículo 7º) DESIGNASE como autoridad de aplicación –en forma conjunta- a las Secretarías de Salud y de Seguridad de esta Municipalidad.
Artículo 8ª) El presente decreto será refrendado por los Secretarios de Gobierno Dra. Alejandra Matilde MIGUEL, de Finanzas e Infraestructura Cr. Miguel Ángel CAGNOLO, de Salud Dr. Enzo BENTATTI y de Seguridad Dr. Juan Pablo QUIRINALLI.-
Artículo 9º) COMUNIQUESE, publíquese en el Boletín Informativo Municipal y archívese.-

DECRETO

N° 267 - 2009